Todos los conflictos que afecten a los derechos legal o contractualmente
reconocidos a los consumidores y usuarios, con independencia de su cuantía.
No obstante, no podrán ser objeto de arbitraje de consumo.
- Las cuestiones sobre las que exista resolución judicial firme y
definitiva.
- Aquéllas en que las partes no tengan poder de disposición.
- Tampoco será posible el Arbitraje de Consumo en las cuestiones en las que
según la legislación vigente deba intervenir el Ministerio Fiscal.
- Cuando concurra intoxicación, lesión, muerte o existan indicios racionales
de delito.
- La responsabilidad civil por daños y perjuicios directamente derivada de
intoxicación, lesión, muerte o de hechos en los que existan indicios racionales
de infracción penal.